El texto es el primer pedido de la Iglesia argentina contra una medida del Gobierno nacional. Hace unos días, en un video de Youtube el Papa Francisco señaló: "Un pueblo que no cuida a los abuelos y no los trata bien es un pueblo que no tiene futuro. Los ancianos tienen la sabiduría".
En el documento, la Iglesia invoca la necesidad de que los legisladores consideren "las enseñanzas" que propone la Doctrina Social de la Iglesia en relación a los mayores y les recordó que son "enseñanzas a las que adhiere el papa Francisco, tantas veces mencionado en el discurso social y político actual”.
La Pastoral Social de Córdoba está conducida por Munir Bracco, que integra el arzobispado local que encabeza Carlos Ñañez.
"A la vez, le pedimos tenga a bien procurar iniciativas que garanticen el pleno acceso de los jubilados a los medicamentos y demás bienes necesarios para una vida digna", subrayó la nota que menciona que el compendio de la Doctrina Social de la Iglesia reconoce que la pensión es "uno de los derechos de los trabajadores".
Los diputados nacionales por Córdoba son 18, de los cuales 10 son de Cambiemos y la Casa Rosada cuenta con el apoyo de todos ellos para avanzar con el proyecto previsional.
Asimismo, la Pastoral Social les marcó a los legisladores que el punto 302 del compendio precisa el carácter que deben tener las remuneraciones: "Es el instrumento más importante para practicar la justicia en las relaciones laborales. El 'salario justo es el fruto legítimo del trabajo'; comete una grave injusticia quien lo niega o no lo da a su debido tiempo y en la justa proporción al trabajo realizado. El salario es el instrumento que permite al trabajador acceder a los bienes de la tierra".
"La remuneración del trabajo debe ser tal que permita al hombre y a su familia una vida digna en el plano material, social, cultural y espiritual, teniendo presentes el puesto de trabajo y la productividad de cada uno, así como las condiciones de la empresa y el bien común", explicaron en la carta.
Y advirtieron que el "simple acuerdo entre el trabajador y el patrón acerca de la remuneración, no basta para calificar de 'justa' la remuneración acordada, porque ésta 'no debe ser en manera alguna insuficiente' para el sustento del trabajador: la justicia natural es anterior y superior a la libertad del contrato".
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