Los legisladores recordaron que en la última ampliación de la denuncia judicial Tailhade presentó documentación que acredita que “el hermano del Presidente de la Nación, Gianfranco Macri, recibió la suma de US$ 5.000.000 de parte de la firma que controla los paquetes accionarios de las sociedades que obtuvieron las concesiones, y que constituye una mínima parte de lo que se estima fue la ganancia de la familia presidencial por esta operación: aproximadamente 70 millones de dólares”.
Los diputados del FPV-PJ consideraron que “se impone la apertura del procedimiento que establece el anexo I del DNU 62/19, en tanto se trata de una suma de dinero obtenida a partir de hechos que configuran claros delitos contra la administración pública”.
Texto completo
Buenos Aires, 25 de enero de 2019
Sr. Procurador General de la Nación
Dr. Eduardo Ezequiel Casal
S______________/____________D
De mi consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. en nuestro carácter de diputados nacionales (bloque FpV/PJ), en los términos del art. 18 del Anexo I del Decreto de Necesidad y Urgencia 62/19, publicado en el Boletín Oficial en el día de ayer, y a efectos de requerirle tenga bien recibirnos en audiencia pública a efectos de presentarle información y documentación vinculada a la causa 415/2018, de trámite ante el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N° 8 de esta ciudad.
En esas actuaciones se investiga un hecho de corrupción que involucra al presidente de la Nación, Ing. Mauricio Macri, y su familia, en tanto desde el gobierno nacional se facilitó de manera ilegal la cesión de concesiones públicas de parques eólicos a sociedades que la familia presidencial había constituido pocos días antes con ese único propósito.
Acompañamos para vuestra mejor comprensión, las presentaciones que dieron origen a esa investigación, siguiendo las investigaciones periodísticas de Emilia Delfino en Perfil y Juan Amorín en El Destape, y las ampliaciones sucesivas, de las que surge la información que tiene interés para la audiencia que solicitamos.
De allí surge que el hermano del Presidente de la Nación, Gianfranco Macri, recibió la suma de cinco millones de dólares (us$ 5.000.000) de parte de la firma que controla los paquetes accionarios de las sociedades que obtuvieron las concesiones, y que constituye una mínima parte de lo que se estima fue la ganancia de la familia presidencial por esta operación: aproximadamente 70 millones de dólares.
En consecuencia, se impone la apertura del procedimiento que establece el anexo I del DNU 62/19 a efectos de recuperar los cinco millones de dólares que están en poder de Gianfranco Macri, en tanto se trata de una suma de dinero obtenida a partir de hechos que configuran claros delitos contra la administración pública.
Transcribimos, para mejor ilustración, el texto de la norma sobre la cual fundamentamos nuestra petición: “ARTÍCULO 18. Programas de colaboración. El MINISTERIO PÚBLICO FISCAL podrá desarrollar programas de colaboración de personas que aporten información relevante para las investigaciones que lleve adelante la Procuraduría de Extinción de Dominio a favor del Estado Nacional, fijando como compensación un porcentaje que no podrá exceder del DIEZ POR CIENTO (10%) de los bienes cuyo dominio se declare extinguido como consecuencia de la información aportada por el colaborador. A tal efecto, en cualquier instancia informará al juez a cargo del proceso, la existencia de uno o más colaboradores, cuya identidad será preservada, con el objeto de que la sentencia incluya dicha compensación”.
Informamos, por último, que la compensación económica a la que tenemos derecho en función de lo establecido en la norma, será destinada a entidades de bien público, cuya identificación informaremos oportunamente.
Saludamos al Sr. Procurador General muy atentamente.
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